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La CE expedienta a España por superar los límites de publicidad en televisión

miércoles, 11 de julio de 2007 en 7/11/2007 06:16:00 p. m.
La Comisión Europea abrió hoy un expediente contra España por vulnerar la normativa europea que regula la publicidad en televisión, al superar el límite de 12 minutos de anuncios por cada hora de emisión. Bruselas envió a las autoridades españolas una carta de emplazamiento, primera fase del procedimiento de infracción comunitario, por violar las normas de la directiva de "Televisión Sin Fronteras".

El Gobierno español tiene dos meses para responder a las preocupaciones de Bruselas, señaló la CE en un comunicado. El Ejecutivo comunitario explicó que "un informe realizado por una consultoría independiente ha puesto de relieve numerosas y frecuentes violaciones de las normas en las mayores cadenas españolas de televisión".

Las infracciones se refieren en particular al límite de 12 minutos de spots publicitarios por hora fijado en la normativa, aunque también al incumplimiento de los intervalos de al menos 20 minutos entre pausas publicitarias. La comisaria europea de Sociedad de la Información, Viviane Reding, señaló en un comunicado que "España no ha tomado las medidas necesarias para garantizar el respeto efectivo de todas las disposiciones de la Directiva "Televisión sin Fronteras".

Reding indicó que las autoridades españolas deben ahora "hacer todo lo posible para remediar la situación y crear un verdadero mercado interior de servicios de medios audiovisuales". La supervisión en España del cumplimiento de la normativa se hizo en dos etapas: entre el 1 de mayo y el 30 de junio de 2005, y mediante controles de una semana al mes entre julio de 2005 y el mismo mes del pasado año, según precisó la Comisión.

Esos exámenes revelaron la "mala interpretación" del artículo de la directiva que define lo que se entiende por anuncio, una noción "interpretada de manera demasiado estrecha en España, por lo que muchos tipos de publicidad escapan hoy del límite de 12 minutos por hora".

El segundo tipo de infracción "frecuentemente cometida por las cadenas de televisión española" afecta al intervalo de 20 minutos entre pausas publicitarias, según la CE.

FUENTE: LaVanguardia
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