Siendo estrictos el ejecutivo podría multar a sitios web que dispongan de la opción de "recomendar a un amigo".
Así, según la comparativa aportada por Aecem, la sanción máxima en España puede alcanzar los 600.000 euros, mientras que en Francia el importe de la multa es de 150.000 euros la primera vez y de 300.000 en caso de nuevo incumplimiento. En Alemania la sanción asciende a 250.000 euros y en Italia, a 60.000.
Según el presidente de Aecem, Martí Manent, tanto las multas como los procedimientos incoados aumentaron el pasado año, aunque el importe total disminuyó debido a la aplicación de un artículo que contempla rebajas a empresas si muestran una actitud "proactiva". Para Manent, esta apreciación es "arbitraria", y criticó que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPG) sancione incluso "a las empresas que disponen de una opción para recomendar la página a un amigo".
"Esta exagerada aplicación de la ley únicamente nos lleva a ser menos competitivos que el resto de los países de la UE, y uno de los que suma más sanciones", insistió el responsable de la asociación. Manent recordó que con las sanciones a las empresas por disponer de la opción de recomendar su web se consigue sólo "poner más trabas al desarrollo de la sociedad de la información en España".
FUENTE: HispaMp3
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Multa por "recomendar a un amigo"
miércoles, 16 de abril de 2008
en
4/16/2008 02:02:00 p. m.
| Posteado por
pelopo82
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