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Condenados los Moros y Cristianos de El Campello por usar música de la SGAE

martes, 9 de diciembre de 2008 en 12/09/2008 12:58:00 a. m.
La Junta Festera de Moros y Cristianos de El Campello deberá pagar 20.095 euros a la Sociedad General de Autores (SGAE) por usar sin su autorización música gestionada por ella entre el 2004 y el 2007.

Así lo establece en una sentencia a la que ha tenido acceso este diario el titular del Juzgado de lo Mercantil 1 de Alicante, Rafael Fuentes Devesa. El magistrado, además, prohíbe a los festeros que sigan reproduciendo dicho repertorio hasta que obtengan la correspondiente autorización.

No ésta la primera entidad de este tipo que ha perdido un juicio por la utilización de música protegida por la SGAE, según fuentes judiciales. Recientemente, la comisión de las fiestas patronales de Benidorm también tuvo que abonar una cantidad cercana a los 20.000 euros al colectivo de autores y editores.

En este caso, la propia Junta de El Campello admitió en una audiencia previa celebrada en el juzgado la infracción del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI).

Según se recoge en el fallo facilitado por el Tribunal Superior de Justicia y fechado el pasado 5 de noviembre, la demandada «ha comunicado públicamente sin autorización obras musicales del repertorio gestionado por la actora mediante actuaciones en vivo de grupos musicales».

Por dicha comunicación pública se entiende «todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas».

Admitida por la Junta Festera dicha infracción legal, el debate se centraba en la cuantía de la indemnización, que la SGAE calculaba inicialmente en 27.165 euros y que la entidad infractora reducía a 18.839.

La diferencia del cálculo de la factura radica, según los festeros, en que no se le estaba aplicando la reducción tarifaria de hasta l 25% de las entidades culturales in ánimo de lucro. Además, se computaba, por exceso un día de desfile, el 12 de octubre del 2007, en el que la entrada prevista tuvo que suspenderse debido a una tromba de agua.

Acuerdo con la Undef

El magistrado da la razón en ambos casos a la demandada. En primer lugar porque la citada rebaja fue fijada en su día en un 20% en un amplio acuerdo suscrito entre la Sociedad General de Autores con la Unión Nacional de Entidades Festeras de Moros y Cristianos (Undef) y que sirve de paraguas para este caso.

Por otro lado, la SGAE está obligada a establecer «tarifas generales», en este caso por cada día de desfile y no «por la cantidad de actos que en ese día se desarrollen».

«No olvidemos que esa tarifa es realizada unilateralmente por la actora, por lo que ésta no puede después invocar a su favor una eventual duda interpretativa», determina el juez, quien cifra la indemnización en 20.095 euros una vez sumado al importe resultante el IVA correspondiente.

FUENTE: LaVerdad
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