El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha impuesto una sanción de 300.001 euros por la "difusión de programas de videncia en horario prohibido a través del canal autonómico adjudicado a Avista Televisión Andalucía", que inició sus emisiones el día 22 de marzo de 2010 como 'Canal 10 Andalucía'.
Según han informado desde tal órgano en un comunicado, la Ley General de Comunicación Audiovisual prohíbe los contenidos esotéricos y de paraciencias entre las 7,00 y las 22,00 horas, porque "pueden resultar perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores". Se trata pues de una infracción grave, tipificada con multas de entre 100.001 y 500.000 euros para estos supuestos. Asimismo, el CAA ha solicitado la intervención de la Fiscalía Superior de Andalucía al constatar la "proliferación" de programas de videncia y esoterismo en horario infantil en televisiones sin licencia, ante las "dificultades que está teniendo el Consejo para identificar a los responsables de las emisiones".
De este modo, el Consejo pretende contar con el apoyo de la Fiscalía para "identificar a los responsables editoriales de las frecuencias ocupadas ilegalmente, requerir el cese de los contenidos ilícitos y proceder, en su caso, a la apertura de procedimiento sancionador".
Al mismo tiempo, el CAA ha remitido a la Dirección General de Comunicación Social de la Junta de Andalucía y a la Secretería Estado de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información (Setsi) del Ministerio de Industria la relación de frecuencias de televisión que emiten sin título habilitante para que, en el ámbito de sus competencias, "adopten las medidas necesarias frente a una invasión del espacio radioeléctrico que está causando enormes perjuicios al resto de prestadores de servicio de comunicación audiovisual y a la ciudanía en general, especialmente a los menores de edad. La mayor parte de las televisiones sin licencia redistribuyen los contenidos procedentes de televisiones especializadas en tarot y videncia que transmiten por satélite", han explicado.
La sanción
De este modo, la sanción de 300.001 euros impuesta a Avista TV culmina el expediente abierto a este operador tras detectarse, el 25 de octubre de 2010, la difusión de contenidos esotéricos y de paraciencia en horario prohibido. Concretamente, el Consejo ha constatado en dicho expediente la difusión de un total de 150 programas, emitidos hasta el pasado 17 de abril, "pese a las advertencias realizadas por este organismo". Asimismo, expresan que en la Oficina de Defensa de la Audiencia (ODA) del Consejo se han recibido también denuncias ciudadanas sobre este programa.
A la hora de calibrar la cuantía de la sanción al canal autonómico privado, el CAA ha tenido en cuenta la jurisprudencia existente cuando persiste una actitud infractora. El programa sancionado sigue emitiéndose, por lo que el Pleno del Consejo ha vuelto ha abrir otro expediente ya que ha cambiado la titularidad del canal de televisión autonómico.
Así, el CAA ha precisado que el programa denominado 'Contigo' ofrece a los telespectadores consultas a través de teléfono de tarificación adicional, "eliminando algunos elementos formales presentes en los programas tradicionales de videncia y tarotismo --como son las propias cartas del tarot--, presentando el espacio como una consultaría para que la ciudadanía pueda resolver sus problemas económicos, familiares o de salud".
Proliferación de espacios de videncia
La proliferación de los programas de videncia en los medios audiovisuales y de canales de televisión que emiten sin título habilitante ha llevado al Consejo ha plantear una actuación coordinada con la Fiscalía y otras administraciones con competencias sobre el sector. Así, el CAA ha abierto 34 expedientes por emisión de contenidos que vulneran la legislación, expedientes que "no pueden resolverse ante la imposibilidad de identificar o localizar a los responsables editoriales de las emisiones".
El Consejo está publicando, desde el año 2010, informes trimestrales sobre los contenidos emitidos por las televisiones públicas y privadas de Andalucía, incluyendo aquellas que operan sin título habitante. Estos informes demuestran el progresivo incremento de los espacios de videncia y teletienda en la programación de las televisiones privadas.
De este modo, el CAA ha comentado que, "contrariamente a lo previsto", la implantación de la tecnología digital "no ha conllevado la esperada mejora de la cantidad y la calidad de los contenidos televisivos". El desarrollo del sector que cabría esperar se ha demostrado inviable, al menos en el actual contexto de crisis económica, ha concluido el CAA.
FUENTE: MundoPlus
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CAA multa con 300.001 euros a 'Avista TV' por emitir programas de videncia en horario infantil
lunes, 10 de octubre de 2011
en
10/10/2011 09:00:00 a. m.
| Posteado por
pelopo82
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Ante esta noticia, yo me pregunto:
Y el 99,99% de la programación de "TeleHinco" no "puede resultar perjudicial para el desarrollo físico, mental o moral de los menores"???